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ALE.9 Cultivos permanentes

Los cultivos permanentes son aquellos que tardan más de un año en producir su primera cosecha comercializable. Un cultivo se considera comercializable si puede venderse por un precio superior al costo su recolección. 

Los cultivos permanentes son activos amortizables. Se debe capitalizar el costo los portainjertos, los plantones, los arbustos inmaduros, las raíces de peonía, etc. Ya no es necesario capitalizar el costo el cultivo hasta que produzca una cosecha comercializable; sin embargo, antes de la ley fiscal de 2017 esto era obligatorio, por lo que cabe esperar que se capitalicen importes más elevados en los viñedos y huertos establecidos antes de 2017. 

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