R.14 Normas especiales sobre gastos de viaje
Puede deducir los gastos de viaje relacionados con el desarrollo de su actividad empresarial, incluidos los gastos habituales y necesarios asociados a los desplazamientos para llevar a cabo las actividades habituales y necesarias de su negocio.
La documentación esencial que necesitas, además de los recibos, es algún documento que acredite la finalidad profesional del viaje.
Puede deducir los gastos de desplazamiento relacionados con la compra de equipos, suministros y ganado; el acceso a servicios veterinarios, jurídicos, contables y formativos; el establecimiento de relaciones comerciales, y la distribución de su producto al mercado.
Los gastos de viaje incluyen: los gastos relacionados con el vehículo, tal y como se ha indicado anteriormente; los gastos de alquiler de vehículos y el combustible correspondiente; los billetes de ferry y de avión; los servicios de taxi o de transporte; el alojamiento en hotel; y las comidas y gastos varios.
Para que los gastos de comida sean deducibles, debes encontrarte en un viaje fuera de tu «domicilio fiscal» habitual durante 8 horas o más. Tu «domicilio fiscal» es la zona general en la que realizas habitualmente tus actividades profesionales: el radio alrededor de tu granja en el que sueles desplazarte durante una jornada laboral normal.
Muchos agricultores y ganaderos viven bastante lejos de los servicios y pueden tener que viajar varias horas hasta el pueblo o la ciudad más cercana. Ese pueblo o ciudad más cercana puede formar parte de la zona que consideras tu «domicilio fiscal» si viajas regularmente hasta allí y vuelves en el transcurso de una jornada laboral normal. La siguiente localidad más lejana puede quedar fuera de su domicilio fiscal. Para poder deducir sus propias comidas y gastos varios de un día de viaje, debe permanecer fuera de su «domicilio fiscal» durante 8 horas completas o más.
Para muchos agricultores, el día que acuden a un mercado agrícola supone una jornada de entre 12 y 14 horas, y pasan la mayor parte del día fuera de su «domicilio fiscal»; pueden deducirse las comidas y los gastos varios de esos días en los que acuden al mercado. Traza un círculo alrededor de tu explotación agrícola que abarque la máxima extensión posible hacia el norte, el sur, el este y el oeste durante un día normal: ese es tu «domicilio fiscal»; todo lo demás se considera «fuera».
Este recurso se basa en materiales elaborados por el Programa de Formación en Fiscalidad Agrícola de la Facultad de Derecho de la Universidad de Arkansas, en el marco de la colaboración «Agricultural Financial, Tax and Asset Protection» (AgFTAP) con el Centro de Educación en Gestión de Riesgos del Sur de la Universidad de Arkansas y otras entidades.



