chevron_right

LP.1 Entender quién se considera un empleado y qué implica ello

Se parte de la base de que cualquier persona que trabaje para ti se considera un empleado. 

  • Los empleados son aquellas personas que trabajan en beneficio de otra persona. 
  • Los empleadores son aquellos que se benefician del trabajo ajeno.

Esto es así incluso si las personas implicadas no consideran que se encuentren en una relación de empleado y empleador. 

Las empresas deben pagar a sus empleados de acuerdo con la legislación de California (u otro estado), respetando las normas relativas a:

  • Salario mínimo, pago de horas extras, descansos 
  • Frecuencia y forma de pago
  • Retención del impuesto sobre las nóminas y la parte a cargo del empresario de dicho impuesto
  • Ofrecer un seguro de accidentes de trabajo 
  • Garantizar unas condiciones adecuadas de saneamiento, agua potable y protección contra el frío y las enfermedades

La mejor forma de asegurarte de que pagas correctamente a tus empleados y de que abonás todos los impuestos sobre nóminas correspondientes de forma correcta y puntual es encargar la gestión de las nóminas a una empresa especializada en este servicio. 

Otra de las formas en que los agricultores se aseguran de cumplir con todos los requisitos de la legislación laboral de California (u otro estado) es contratando a los trabajadores a través de una empresa de contratación de mano de obra. La empresa de contratación de mano de obra se convierte en el empleador y es responsable de que todos los trabajadores figuren en la nómina y estén protegidos por el seguro de accidentes de trabajo y otras medidas de protección. Sin embargo, si contratas a una empresa de contratación de mano de obra y esta no cumple todas las normas para proteger a los trabajadores, la responsabilidad recae sobre ti. 

Hay dos excepciones importantes a la hora de determinar quién debe considerarse un empleado: 

  1. Los propietarios, sus cónyuges legítimos, sus hijos y sus padres pueden trabajar para la empresa del propietario sin que se les considere empleados. No obstante, hay que tener en cuenta que los menores gozan de protecciones adicionales en virtud de la ley.
  2. Las personas que trabajan por cuenta propia o dirigen su propio negocio no tienen por qué figurar en la nómina. A estas personas se las denomina «contratistas independientes». Algunos ejemplos habituales son los contables, los consultores de seguridad alimentaria, los asesores de control de plagas, los asesores de cultivos y los trabajadores contratados a medida cuando aportan y manejan su propio equipo. La legislación de California establece claramente que las personas que realizan la mayor parte de los trabajos agrícolas nunca se consideran contratistas independientes. Los trabajadores que se dedican a plantar, desbrozar, cosechar, lavar o empaquetar nunca se consideran contratistas independientes; siempre deben estar dados de alta en nómina y protegidos por un seguro de accidentes de trabajo y otras garantías. Esto no es lo mismo que las personas empleadas por una empresa de trabajo temporal (estas personas figuran en la nómina de la empresa de trabajo temporal, no en la suya).

¿Quién se encarga de hacer cumplir esto? 

El Estado de California se asegura de que los empresarios paguen a sus empleados mediante nómina. Uno de los métodos es la inspección «drive-by». Los funcionarios estatales se desplazan en coche a diferentes campos agrícolas y preguntan a los trabajadores si se les paga mediante nómina (con retención de impuestos) o como autónomos (sin retención de impuestos). Otra forma en que el Estado supervisa el cumplimiento de la normativa es que, si un trabajador sufre una lesión, se lleva a cabo una investigación automática sobre su situación laboral. Asimismo, si un empleado solicita prestaciones por desempleo, esto dará lugar a una investigación sobre su situación laboral. 

¿Cuáles son las consecuencias de no tener a nadie en nómina? 

Si estás pagando a alguien como trabajador autónomo cuando debería estar dado de alta en nómina y esto se descubre, el Estado de California te impondrá una multa por los impuestos sobre nóminas atrasados que se adeuden y te cobrará intereses por el retraso en el pago de dichas multas. El Estado de California también te pedirá que le facilites tus registros de horas trabajadas y descansos concedidos, y podrá multarte por no disponer de dichos registros, además de obligarte a abonar los salarios atrasados y los impuestos sobre nóminas atrasados correspondientes a los descansos no concedidos.  Además, se pondrán en contacto con el IRS por el impago de los impuestos federales sobre nóminas. También se le impondrá una multa por no disponer de un seguro de accidentes de trabajo.

Herramientas relacionadas:
Este recurso forma parte de estos Conjuntos de herramientas: